Normativa de drones en Argentina (ANAC)

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Qué dice la normativa de la ANAC sobre drones: categorías Abierta, Específica y Certificada, límites de altura y distancia, registro del dron, licencia de piloto y dónde hacer cada trámite.

Contenido del artículo
  1. Las tres categorías
  2. Categoría Abierta: qué hace falta
  3. Categoría Específica: qué hace falta
  4. Límites que conviene tener presentes
  5. Cómo registrar el dron
  6. Licencia de piloto a distancia
  7. Dónde consultar restricciones antes de volar
  8. Enlaces de la ANAC

Última actualización: Resolución ANAC 312/2026, publicada el 22/05/2026. Ver todas las novedades de la normativa.

En Argentina, los drones están regulados por la ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil). La Resolución ANAC 550/2025, de agosto de 2025, reemplazó a la Resolución 880/2019 y estableció las partes 100, 101 y 102 de las RAAC (Regulaciones Argentinas de Aviación Civil).

En mayo de 2026, la Resolución ANAC 312/2026 modificó la Parte 100: amplió la categoría Abierta para los drones de ala rotativa (multirrotores) que vuelan solo en zona rural y quitó de esa parte las restricciones sobre rutas, áreas naturales, vuelo nocturno, vuelo con mal tiempo sin visibilidad y operación desde vehículos en movimiento.

La normativa no distingue entre uso recreativo y profesional: clasifica cada vuelo según su riesgo, en tres categorías.

Las tres categorías

CategoríaPara qué operacionesQué pide
Abierta (RAAC 101)Bajo riesgo: dron de menos de 25 kg, a la vista del piloto o en zona rural, hasta 122 m de altura en espacio aéreo no controlado. Desde 2026, los multirrotores de cualquier peso que vuelan solo en zona rural también son categoría Abierta.Sin autorización previa ni licencia de piloto. Conocimientos básicos de espacio aéreo y normativa, y una declaración jurada digital sin costo.
Específica (RAAC 102)Mayor riesgo: vuelos fuera del alcance visual, en zona urbana o de noche; drones de más de 25 kg y menos de 150 kg; o de 250 g o más que no entren en la categoría Abierta.Autorización operacional de la ANAC, licencia de piloto a distancia, certificación médica, registro del dron y un análisis de riesgo.
CertificadaDrones de 150 kg o más.Reglas similares a las de las aeronaves tripuladas, con autorización de la autoridad aeronáutica.

Categoría Abierta: qué hace falta

  • Sin autorización previa ni licencia de piloto a distancia.
  • Conocimientos básicos sobre espacio aéreo y normativa. La ANAC indica que están disponibles en línea y gratis.
  • Declaración jurada digital, sin costo, ante el Registro Nacional de Aeronaves, con los datos técnicos del dron y los datos personales del operador.
  • La certificación médica aeronáutica es voluntaria.

Volar en la categoría Abierta no exime al operador de responder por los daños o lesiones que pueda causar el dron.

Categoría Específica: qué hace falta

  • Autorización operacional de la ANAC.
  • Licencia de piloto a distancia (ver más abajo).
  • Certificación Médica Aeronáutica Clase 3 (RAAC Parte 67).
  • CETA (certificado del explotador), con Manual de Operaciones y un sistema de gestión de riesgos, por ejemplo con la metodología SORA.
  • Inscripción en el Registro Nacional de Aeronaves, con certificado de matrícula y, cuando corresponda, de aeronavegabilidad.

Límites que conviene tener presentes

  • Personas: nunca sobre multitudes. En la categoría Abierta, tampoco sobre personas ni cerca de ellas, salvo las que participan del vuelo.
  • Aeropuertos: sin autorización, dentro de los 5 km del umbral de pista solo se puede volar hasta 43 m de altura, y nunca en las zonas de aproximación y despegue sin coordinación.
  • Helipuertos: no se vuela a menos de 1 milla náutica (unos 1,85 km); entre 1 y 2 millas, no más de 150 pies (unos 45 m) de altura, salvo excepciones.
  • Corredores de vuelo visual (VFR): no volar a menos de media milla náutica (unos 925 m) de su límite lateral sin coordinarlo con el servicio de navegación aérea.
  • Líneas de alta tensión: mantener 25 m de distancia, en vertical y lateral.
  • Fuerzas Armadas, de seguridad y servicios penitenciarios: no se vuela sobre sus instalaciones ni a menos de 1 milla náutica de ellas, salvo autorización.
  • Instalaciones sensibles (destilerías, centrales de energía, plantas de agua, gas o electricidad, depósitos de combustible): no se vuela encima sin autorización de su propietario.
  • Edificios públicos y de seguridad pública, Casa Rosada, Quinta de Olivos y embajadas: no se vuela encima sin autorización.
  • Tampoco en zonas prohibidas, restringidas o peligrosas publicadas, ni en espacios restringidos temporalmente (por ejemplo, por una emergencia o un operativo de rescate).

Que la ANAC haya sacado de la Parte 100 las restricciones sobre rutas y áreas naturales no quiere decir que se pueda volar en cualquier lugar: la propia resolución explica que son temas fuera de su competencia. Parques Nacionales, las provincias o los municipios pueden tener sus propias reglas.

Además, valen siempre el sentido común y el respeto por los demás: ceder el paso a las aeronaves tripuladas y no filmar a personas en ámbitos privados sin su consentimiento.

Cómo registrar el dron

El registro es autogestionado y se hace en el Casillero Aeronáutico Digital (CAD) de la ANAC:

  1. Ingresá a cad.anac.gob.ar. Si no tenés usuario, registrate y pedí el perfil RPA.
  2. Elegí “Trámite nuevo registro RPA” y completá el formulario de Declaración de Propiedad de Aeronaves Pilotadas a Distancia.

Los datos del formulario son una declaración jurada: tienen que ser correctos y completos.

Licencia de piloto a distancia

Se necesita para la categoría Específica. Según la ANAC, los requisitos son:

  • Ser mayor de edad.
  • Leer, hablar y comprender español.
  • Tener el secundario completo o su equivalente.
  • Tener el Certificado Médico Aeronáutico vigente (RAAC Parte 67).
  • Aprobar el curso en un CIAC (Centro de Instrucción de Aeronáutica Civil) certificado por la ANAC.
  • Aprobar el examen teórico y práctico ante un inspector de la ANAC.

El trámite se presenta por Trámites a Distancia (TAD). Las licencias emitidas con la normativa anterior se convalidan sin costo.

Dónde consultar restricciones antes de volar

Enlaces de la ANAC

Esta página es una guía para entender la normativa. Ante un caso concreto (un trabajo profesional, un vuelo en zona urbana o cerca de un aeródromo), consultá directamente a la ANAC.

Fuentes y enlaces

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